La detección del alumno susceptible de intervención por parte del Equipo de Atención a Alumnos con Trastornos de Conducta en el centro escolar:
Cuando un profesor-tutor, el profesorado en general, el Equipo Directivo o el Departamento de Orientación detectan un alumno que presenta alteraciones de conducta en el centro escolar deberán establecer medidas y actuaciones para solucionarlos, una de estas medidas será necesariamente la intervención del profesorado de apoyo del centro (PT); solamente en el caso de que estas intervenciones no obtengan resultados se producirá la derivación del alumno al Equipo de Conducta.
1. La demanda la realizará el Centro Escolar a través del Orientador del EOE o Departamento de Orientación.
2. Dicha demanda debe incluir los siguientes documentos: DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:
2.1. Expediente de incorporación al Equipo de Atención a Alumnos con Trastornos de Conducta (Modelo de E. Infantil/E. Primaria o de E. Secundaria). Dicho expediente se facilita en modelo normalizado y debe estar relleno en todos y cada uno de los apartados que incluye., en la que se solicita “expresamente” la intervención del Equipo haciendo constar que el inspector/a de Centro ha sido informado.
2.3. Documento (se incluye en el Expediente de Incorporación) en el que la familia del alumno manifieste que se encuentra al corriente de la situación, dando su conformidad para la intervención del Equipo y mostrándose dispuesta a colaborar con él. Es obligatoria la firma del padre y de la madre (progenitor/es que tengan la patria potestad en casos de separación).
2.4. Informe psicopedagógico y social, elaborado por el E.O.E. o por el orientador. Dicho informe debe estar actualizado.
OTRA DOCUMENTACIÓN: Adaptaciones Curriculares, si existen, y toda aquella otra documentación (informes médicos, pedagógicos, psicológicos, etc.) que pueda aportarse sobre el alumno. Indicar el nivel de competencia curricular.
3. La demanda de intervención, conteniendo la documentación antes mencionada, se entregará en la Dirección Provincial de Educación de Valladolid, el sello de entrada dará constancia de la fecha de dicha entrega). En caso de que exista alguna deficiencia documental, o de otro tipo, será preciso subsanarla para que la demanda tenga el visto bueno del área de programas, en cuyo caso la fecha de entrada será la correspondiente a aquella en la que la documentación está completa.
4. Una vez que el Equipo haya recibido la demanda se procede a la inclusión en “Lista de espera”.

